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El Ayuntamiento de Quer crea una bolsa de empleo para la contratación de dos personas destinadas al servicio de limpieza Destacado

El Ayuntamiento de Quer crea una bolsa de empleo para la contratación de dos personas destinadas al servicio de limpieza

El Ayuntamiento de Quer crea una bolsa de empleo para la contratación de dos personas destinadas al servicio de limpieza mediante concurso libre, en régimen laboral de duración determinada por obra o servicio determinado, por un periodo de un año prorrogable por otro y jornada completa.


El objeto de la convocatoria y sistema de selección es la creación de una bolsa de empleo para la contratación de dos personas destinadas al servicio de limpieza mediante concurso libre, en régimen laboral de duración determinada por obra o servicio determinado, por un periodo de un año prorrogable por otro y jornada completa.


Los puestos están encuadrados dentro del Grupo E/Agrupaciones profesionales de los grupos profesionales del personal laboral del Ayuntamiento de Quer, con las características y retribuciones recogidas en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.

Los puestos referidos están vinculados a los trabajos de limpieza de los espacios públicos determinados por el Jefe del Servicio de acuerdo a los estándares de calidad fijados para cada uno de ellos. Tareas con un alto grado de supervisión con conocimientos técnicos elementales.

Requisitos de los aspirantes
Para ser admitido en el proceso convocado será necesario:
a. Ser español o nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero en los términos de la Ley Orgánica 4/ 2000, de 11 de enero, reformada por la Ley Orgánica 8/2000, del 22 de diciembre, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
b. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. La condición de minusválido y su compatibilidad se acreditarán aportando certificado del Instituto Nacional de Servicios Sociales u Organismo Autónomo correspondiente.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e. No estar incurso en causa de incompatibilidad en el marco de lo establecido en la Ley 53/84, de 26 de diciembre y normativa de aplicación en la materia.
f. Poseer certificado de escolaridad.
Los anteriores requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la firma del contrato.

Presentación de solicitudes y plazo
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas de acceso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde-Presidente de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Quer los días laborables de 9.00 a 14.00 horas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Quer. En el caso de que el último día del plazo sea sábado, domingo o festivo, dicho plazo se ampliará hasta el primer día hábil siguiente.

Los aspirantes adjuntarán a la instancia: Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte; fotocopias de los méritos que puedan ser tenidos en cuenta en la fase de concurso (certificados de servicios en los que aparezca categoría y duración, contratos, vida laboral).

La no aportación de la documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias determinará la imposibilidad de valorar y computar tales méritos. Cuando no sea posible su presentación se hará constar la solicitud registrada ante el organismo o entidad correspondiente.

Las copias acreditativas de los méritos no tendrán que ser compulsadas, aún cuando los originales podrán ser requeridos en cualquier momento y en todo caso al ser llamados para formalizar el correspondiente contrato. Cualquier diferencia entre el documento original y su copia supondrá la exclusión inmediata del proceso selectivo sin perjuicio de las posibles responsabilidades que pudieran derivarse.

Proceso selectivo
La selección de los aspirantes se realizará mediante el sistema de concurso de méritos en el que se podrá obtener una puntuación máxima de 20 puntos, siendo los méritos a valorar los siguientes:
A.- Experiencia laboral y profesional hasta 12 puntos:
.- Por cada mes de servicios prestados como personal de limpieza en la administración pública: 0,1 puntos hasta un máximo de 8 puntos.
.- Por cada mes de servicios prestados como personal de limpieza en el ámbito privado 0,05 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

El trabajo desarrollado se deberá justificar mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios donde conste el período, cuerpo o categoría profesional y tipo de relación, informe de vida laboral, copia de los contratos celebrados, informe de desarrollo del servicio de la empresa
contratante.

El Tribunal realizará entrevista para valorar la disponibilidad para el desempeño de las funciones del puesto ya sea en instalaciones municipales o en espacios abiertos así como el desarrollo de los trabajos realizados con anterioridad.

No se valorarán ni incluirán en la bolsa de empleo las personas que no acrediten experiencia en la prestación del servicio de limpieza.

Las demás resoluciones sobre el proceso selectivo que en adelante se produzcan se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Quer: quer.sedeelectronica.es y en el Tablón de Edictos municipal.

 

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