El Ayuntamiento de Quer crea una bolsa de empleo de Monitores de Tiempo Libre Destacado

El Ayuntamiento de Quer crea una bolsa de empleo de Monitores de Tiempo Libre

El objetivo de esta iniciativa es que los campamentos urbanos y otros servicios de esta naturaleza, se presten desde el Ayuntamiento.

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Quer. 13 de diciembre de 2021. El Ayuntamiento de Quer va a crear una bolsa de empleo para la prestación de servicios lúdico-educativos a las niñas, niños y jóvenes de la localidad hasta 14 años inclusive, servicios cuyo objeto es la impartición de cursos y talleres y juegos sobre las siguientes materias: actividades manuales, lúdicas, escénicas y pedagógicas cumpliendo con las garantías sanitarias, así como con la normativa que le sea de aplicación. Tendrán preferencia aquellos menores que estén a cargo exclusivo de mujeres empadronadas en la localidad y cuya dependencia les conlleve dificultades para desarrollar actividades de carácter laboral, formativo o social. El objetivo de esta iniciativa es que los campamentos urbanos y otros servicios de este estilo, se presten desde el Ayuntamiento.

La contratación se realizará en régimen laboral de duración determinada, por obra o servicio a tiempo parcial con una jornada semanal de 10 horas máximo, para la prestación del servicio de ludoteca a los menores hasta 14 años durante el ejercicio 2021 y, en su caso, la continuidad del servicio durante los ejercicios siguientes.

Los requisitos que se deben cumplir son los de tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la citada norma del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y tener experiencia laboral formal o no formal, relacionada con las tareas de asistencia y cuidados de menores y jóvenes de hasta catorce años inclusive; tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa; y contar con un Certificado de inexistencia de antecedentes por delitos de naturaleza sexual, así como el certificado negativo de antecedentes penales relacionados con delitos.

El personal deberá pertenecer a alguno de los siguientes perfiles profesionales:

a) Personas con perfiles profesionales correspondientes a Monitor de Actividades Juveniles, ocio, tiempo libre o con certificado de profesionalidad “Dinamización de Actividades de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil” nivel II.

b) Personas con experiencia profesional laboral formal y no formal en el sector de los cuidados de menores habilitadas por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el acceso a las bolsas de cuidado profesional de menores que se presten en domicilio, especialmente mujeres mayores de 45 años.

Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y mientras se permanezca en la lista de espera. Si se trata de títulos obtenidos en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La selección del personal, deberá ajustarse al procedimiento establecido en la legislación de régimen local y en la legislación concordante de empleo público, que garanticen el principio de igualdad, mérito y capacidad.

Las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género tendrán preferencia si tienen el perfil profesional del puesto de trabajo a cubrir, con arreglo a la oferta de empleo presentada por la entidad beneficiaria.

Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la Bolsa de Trabajo que se opte, se dirigirán al  Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quer-Guadalajara-, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento (en horario de 9 a 14:00 horas) o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de DIEZ DÍAS HABILES contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP, en Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Quer. El cómputo de plazos lo determinará la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Más información:
Ayuntamiento de Quer. 949 270 089
Javier Bravo. 606 411 053

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